Vista la demanda por COBRO DE BOLIVARES, proveniente del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, intentada por CARMEN YOLANDA COLMENAREZ DE PEREZ, quien actúa en representación de sus hijos ALIRIO ANTONIO, YOHALY DE JESUS y YOSELIN ABIGAIL PEREZ COLMENAREZ; la primera nombrada venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 4.727.527, de este domicilio, asistida por la abogado MARIBEL APARICIO ARGÜELLES, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 37.810; contra FUNFETUR; habida consideración que el monto por los conceptos reclamados alcanza la cantidad de UN MILLON CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO BOLIVARES (Bs. 1.482.334,00); y siendo que el fuero competente en razón de la cuantía la determina el monto demandado, este Tribunal de conformidad con lo previsto en el 1er aparte del artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezu.....