Decisiones del dia 02/03/2007 
				   
				 
	
				  
			 
			
			
	  
	 
  
			  
				
                   
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								1601-04  
						  
						  N° Sentencia :
							
								01  
						  
						  Fecha: 02/03/2007  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: D I S P O S I T I V A
	Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Décimo Cuarto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA a favor del penado ALESANDRO JOSÉ ESPINOZA, titular de la Cédula de Identidad N° 12.403.538, LA INMEDIATA LIBERTAD POR CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, que por el delito de ROBO GENÉRICO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal, le fuere impuesta mediante sentencia dictada en fecha 19-08-2.004, mediante Sentencia proferida por el Juzgado 31º de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal; no así las penas accesorias contenidas en el artículo 16 del Código Penal, a la cual se encuentra sujeto y cuya vigilancia por parte de la autoridad finalizará el 20-12-2007. Por consiguiente, se ordena su inmediata Libertad. Y ASI SE DECIDE EXPRESAM.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Betty Elena Reyes Quintero 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Sexto de Ejecución 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								1497-07  
						  
						  N° Sentencia :
							
								1497-07  
						  
						  Fecha: 02/03/2007  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: 
	Como quiera que el penado que marras previa admisión de los hechos, fue condenado a cumplir una pena que evidentemente no excede de tres (3) años, no cumpliéndose en la presente, la excepción única a la que refiere el articulo 494 del Código Orgánico Procesal Penal, infiriendo el Tribunal que el aludido penado, en la actualidad puede optar al beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la pena,  previo cumplimiento de los requisitos que  establece  la ley.
	3°) DESTACAMENTO DE TRABAJO. La Cuarta parte de la pena impuesta es de  (09) MESES y como quiera que el penado de marras ha cumplido de la pena impuesta un tiempo de CUATRO (04) MESES Y CINCO (05) DÍAS, hasta el día de hoy, se entiende que aún le falta por cumplir de tal remanente de pena un tiempo de CUATRO (04) MESES Y VEINTICINCO (25) DIAS en consecuencia podrá optar por el destino de DESTACAMENTO DE TRABAJO en fecha 27 de Julio de 2007, como fórmula alternativa al cumplimiento de la pena impuesta, previo el cu.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Regulo Aponte 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Primero de Ejecución 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								1496-07  
						  
						  N° Sentencia :
							
								1496-07  
						  
						  Fecha: 02/03/2007  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: 
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Regulo Aponte 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Primero de Ejecución