Así pues, este Órgano Jurisdiccional como garante de una Administración de Justicia transparente, idónea, equitativa y eficaz, en procura de salvaguardar los derechos constitucionales, tales como el Derecho a la Defensa y al Debido Proceso consagrados en nuestra Carta Magna, es por lo que, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, NIEGA oír la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandada de autos, Abogado en ejercicio ALBERTO CARDENAS VILLALOBOS, en fecha diecisiete (17) de febrero de 2010, en el juicio que por REIVINDICACION, sigue la ciudadana MARLENE FERNANDEZ PARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.747.249, con domicilio en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en contra de las ciudadanas PRISMELY ROMERO y MAGALY CARDENAS..- ASÍ SE DECIDE.-
Quedando anotada bajo el No. _____.....