Con mérito a las consideraciones antes señaladas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: La INCOMPETENCIA por el territorio para conocer de la demanda de nulidad contra la providencia administrativa N° 00170-10 emanada de la Inspectoría del Trabajo Coordinación Centro Sur, San Fernando de Apure, Estado Apure Estado Miranda, de fecha 20-10-2010, conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, interpuesta por la abogada FANNY VERDE FUENTES, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 36.014, actuando con el carácter de apoderada judicial de la empresa "GRUPO BOULLOSA, C.A.", a favor de Juzgados de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Estado Apure. En consecuencia, se ordena remitir las presentes actuaciones al Circuito Judicial del Trabajo del Estado .....