IV
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la apelación interpuesta por el abogado Juan Andrés Sarria Fernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 141.733, en contra del auto dictado por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha dos (02) de noviembre del año dos mil once (2011); en consecuencia, se declara la NULIDAD del auto de fecha dos (02) de noviembre del año dos mil once (2011), el cual oyó en un solo efecto la apelación interpuesta.
Déjese Copia certificada de la presente decisión en el Copiador de Sentencias de este Tribunal.
Remítase en su oportunidad legal al Tribunal de origen.