En mérito a las consideraciones anteriores, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda intentada el ciudadano, JHONNY JOSE BRITO ZAPATA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-16.218.387, asistido por el abogado JOSE GREGORIO BENCOMO LEON, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 184.413, contra la ciudadana, NEXY MARILIN CASTILLO GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.149.584, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCION DE COMPRA VENTA. SEGUNDO: SE ACUERDA el pago de los daños y perjuicios conforme a lo solicitado por el ciudadano, JHONNY JOSE BRITO ZAPATA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-16.218.387, asistido por el abogado JOSE GREGORIO BENCOMO LEON, inscrito en el IN.....