Se registró y publicó decisión en la cual este Juzgado de Sustanciación del JNSCARC, Se pronunció sobre el escrito de pruebas presentado en la Audiencia de juicio celebrada en fecha 11 de marzo de 2020, por la abogada MARÍA MILAGROS NEBREDA CLAVO, inscrita en el IPSA bajo el Nº 17.937, actuando en su condición de apoderada judicial de la empresa NOVARTIS AG, identificada en autos, en consecuencia, se declaró el merito favorable de las pruebas denominadas "DOCUMENTALES"; se declaro INADMISIBLE la prueba de "EXHIBICION DE DOCUMENTO" requerida al (SAPI); finalmente se ORDENÓ notificar a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, conforme al art. 98 del Decreto Ley que rige sus funciones, transcurrido dicho lapso se remitirá al JNSCARC, conforme al art. 85 de la LOJCA.