declara CONSUMADA LA PERENCION y EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con Medida Cautelar Innominada por los abogados HELEN MENDOZA FERRER y ALBERTO PEÑA TORRES, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 10.788 y 44.941, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos OMAIRA LIMPIO BOLIVAR y ANGEL ORLANDO POLEO, portadores de las cédulas de identidad Nros. 8.370.013 y 3.816.380, contra el Acto Administrativo de efectos particulares contenido en la Resolución Nro. 009003 de fecha 29 de marzo de 2005, emanada por la Dirección General de Inquilinato del Ministerio de Infraestructura con relación al expediente N-35.740-F2.