Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Alberto Rafael Cordero, titular de la cedula de identidad Nº: V-12.037.078, asistido por el Abogado Hugo Hernández, ya identificado, contra la decisión dictada por el Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 20 de Enero del año 2009, en el juicio que por Enfermedad Profesional incoare el precitado ciudadano, contra la Sociedad de Comercio "Ruedas de Aluminio", C.A (RUALCA)