En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal ordena de conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, la Apertura del Juicio Oral y Público en la presente causa seguida al ciudadano BLANCO ALVARADO EDUARDO DIXON, de nacionalidad venezolana, fecha de nacimiento 18/03/1973, titular de la cédula de identidad Nº 14.160.209, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1º del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana MARIA DE LA CRUZ ARRIECHE, (HOY OCCISA), titular de la cédula de identidad Nº 9.554.630, por lo que se ordena la remisión de las presentes actuaciones al Tribunal de Juicio que por distribución corresponda una vez vencidos los lapsos de ley.
Se emplaza a las partes para que en el plazo común de cinco días concurran ante el Juez de Juicio competente, a los fines de que se celebre el debate Oral y Público a que hubiere lugar, instruyéndose a la Secretari.....