Por los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta: LA INTERRUPCIÓN del Juicio Oral y Público iniciado en fecha 03-10-2011, seguida a los acusados: LINO MERCEDES VASQUEZ MILLNA y SELENE DEL CARMEN VASQUEZ MILLAN, plenamente identificados en el presente fallo, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del Artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, concatenado con el segundo aparte de la referida norma, en perjuicio de La Colectividad. En consecuencia se acuerda fijar oportunidad para la celebración del Juicio Oral y Público el día 25-04-2012 a las 9:30 A.M.