este Juzgado no imparte homologación con relación a este señalamiento, tal como se determinara igualmente en la causa AP21-S-2011-001394, en fecha 26 de julio de 2011, en la oferta real de pago realizada por la empresa SODHEXO PASS VENEZUELA, C.A., a favor del ciudadano ORIAN VALDEZ.
Finalmente, no se le imparte homologación, a la decisión de la TRABAJADORA de "... desistir de cualquier acción, reclamo o procedimiento judicial o administrativo, sea de la naturaleza que fuere (laboral, civil, mercantil, penal,etc.).."; por cuanto el pronunciamiento con relación a la homologación del desistimiento de la acción, reclamo o al procedimiento judicial o administrativo, que no sea de naturaleza laboral corresponderá a los Tribunales competentes y a la vía administrativa, según sea caso, y no a este Juzgado.
LA JUEZ
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
LA SECRETARIA MARÍA V. DÁVILA