Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda otorgar permiso por el lapso de DOS (02) HORAS, al penado RICARDO JOSE GONZÁLEZ FERNÁNDEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento 15-02-72, de 34 años de edad, Indocumentado, Soltero, de profesión u oficio Tapicero y Pintor de Mubles; actualmente gozando del BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO, para asistir a las Exequias de su Progenitora la ciudadana Adelina Fernández, para el día 03-05-06 por un lapso de dos (2) horas de 9:00 a 11:00 de la mañana, en la siguiente dirección Barrio El Gaitero, calle 120ª, casa 68-206, en el Municipio San Francisco , de conformidad con lo dispuesto en los artículos 62 y 63, de la Ley de Régimen Penitenciario.- Regístrese la presente decisión, líbrese oficio al Director de la Cárcel N.....