Por la razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Se declara COMPETENTE y ADMITE la acción de Amparo Constitucional incoada por el abogado OSMAR JESUS FIGUEROA MAGO, venezolano, abogado en ejercicio de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 95.079, en su condición de apoderado judicial del ciudadano RAFAEL ANTONIO RODRÍGUEZ GOMEZ, mayor de edad, venezolano, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad No. 2.754.427, contra la sentencia de fecha 04 de noviembre de 2.010 dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que ordenó el desalojo del inmueble arrendado al hoy accionante, en el juicio que por Desalojo de incoaran los ciudadanos FEL.....