Se declaró SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la empresa AGRIBRANDS PURINA VENEZUELA, C.A., contra la Resolución Nº 04-00-03-04-227, del 18 de diciembre de 1998, emanada de la Dirección de Procedimientos Jurídicos de la Contraloría General de la República, la cual declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto en fecha 30 de septiembre de 1998, y en consecuencia confirmó el Reparo Nº 05-00-03-0334 del 21 de agosto de 1998 por Bs. 13.518.104,96 (Bs.F. 13.518,10) por concepto de impuesto de importación; y, en virtud de la presente decisión válida y de plenos efectos.
Esta sentencia no tiene apelación, por cuanto su cuantía no excede de las quinientas Unidades Tributarias (500 U.T.), de acuerdo con lo establecido en el artículo 278 del Código Orgánico Tributario.
Se condena en costas procesales a la recurrente, a razón del uno por ciento (1%) del monto debatido, a tenor de lo dispuesto en el artículo 327 eiusdem.