Sentencia mediante la cual se ABSUELVE, al acusado GIOVANIC ARTEAGA, de la acusación que le formulara la Fiscalía Séptima del Ministerio Público por la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal y se declrara su CULPABILIDAD y se CONDENA a cumplir la PENA DE TRES (3) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal. Se mantiene la Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación Judicial Preventiva de Libertad. No se condena en costas en aplicación de la garantía de la Justicia Gratuita.