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Decisiones del dia 02/06/2005

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : C-27674 N° Sentencia : Fecha: 02/06/2005
Procedimiento:
Homologación Régimen De Visitas
Partes:
NIÑO(A)(S) Y/O ADOLESCENTE(S): LEANDRO JAVIER BELLO IMITOLA
Resumen:
SEGUNDO: Vista la manifestación de voluntad y aceptada por ambas partes, ya identificadas, donde expresan y aceptan la conciliación en los siguientes términos: Los fines de semana alternos, sábados y domingos en el horario comprendido de 9:00 am a 6:00 pm (sin pernoctar) lo mandare a buscar con una persona adulta y responsable, comprometiéndose el padre a velar por la alimentación y cuidados, además de informarle de cualquier novedad e informarle del lugar donde llevare a nuestro hijo y mantenerla informada de cualquier retardo al hogar materno. Se verifica que se encuentran cumplidos los requisitos de eficacia, validez y suficiencia de la conciliación, aunado al hecho que no es contraria al interés superior del niño, y por ende es procedente la homologación de la misma. Y así se declara y decide. Por virtud de las anteriores consideraciones, esta Sala de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Boli.....
Juez/Ponente:
Carla Solyan Vásquez Borges
Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
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N° Expediente : C-27675 N° Sentencia : Fecha: 02/06/2005
Procedimiento:
Homolog. Oblig. Alimentaria
Partes:
NIÑO(A)(S) Y/O ADOLESCENTE(S): MANUEL DOMINGO DA CRUZ NUÑEZ
Resumen:
SEGUNDO: Vista la manifestación de voluntad y aceptada por ambas partes, ya identificadas, donde expresan y aceptan la conciliación en los siguientes términos: El padre ofrece la cantidad por obligación de alimento de CIEN MIL BOLIVARES (100.000.00) semanal,. Es decir CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (400.000.00) Mensual, los cuales entregare a la madre semanalmente con acuse de recibo de pago. Así mismo pagare los gastos extraordinarios, tales como gastos médicos de educación, vestido y otros que el niño requiera.- Se verifica que se encuentran cumplidos los requisitos de eficacia, validez y suficiencia de la conciliación, aunado al hecho que no es contraria al interés superior del niño, y por ende es procedente la homologación de la misma. Y así se declara y decide. Por virtud de las anteriores consideraciones, esta Sala de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autorid.....
Juez/Ponente:
Carla Solyan Vásquez Borges
Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
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N° Expediente : C-27679 N° Sentencia : Fecha: 02/06/2005
Procedimiento:
Declinatoria De Competencia
Partes:
NIÑOS Y/O ADOLESCENTES: MORALES MATELLINI
Resumen:
en consecuencia esta Juez Unipersonal N° 04, acuerda declinar su competencia al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 453, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil.- Líbrese oficio.-
Juez/Ponente:
Carla Solyan Vásquez Borges
Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
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