Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 09 de noviembre de 2004, por el abogado EDISON RODRÍGUEZ LOVERA, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano OLINDO PATRON ROSSI, contra la sentencia dictada el 05 de octubre de 2004, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.- SEGUNDO.- SIN LUGAR la demanda por nulidad de venta, incoada por el ciudadano OLINDO PATRON ROSSI, contra la sociedad mercantil PAT-MAR C.A., en la persona de su Directora Principal, ciudadana MARIA EUGENIA MARTINEZ ALEGRETTI; y a la ciudadana MARIA JOSEFINA PATRON MARTINEZ.
Queda así CONFIRMADA la sentencia objeto de la presente apela.....