HOMOLOGA la transacción celebrada por el ciudadano Enrique Banchieri, titular de cedula de identidad N° 82.195.861, representada judicialmente por el abogado Gustavo Añez Torrealba, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 21.112, y el ciudadano Jorge Álvarez Jiménez, titular de la cédula de identidad número 3.140.977, representado judicialmente por la abogada Isabel Castrillo, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 117.917,en los términos expuestos. En cuanto a las copias certificadas solicitadas, el tribunal acuerda expedir las mismas previa certificación por secretaria de conformidad con lo establecido en el artículo 11 y 112 del Código de Procedimiento Civil.-