DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: SE DESESTIMA la promoción contenida en los puntos: 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 del Capítulo I del escrito de promoción de pruebas presentado por la representación judicial de la parte querellada, conforme a la motiva de la presente providencia.
Segundo: SE ADMITEN las pruebas documentales contenidas en los puntos: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9, marcadas con las letras "A", "B", "C", "D", "E", "F", "G", "H", "I", "J", "K" y "L", del Capítulo II del escrito de promoción de pruebas presentado por la parte querellada, conforme a la motiva de la presente providencia.