Se Declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio y en Consecuencia Disuelto el Vinculo Matrimonial contraído, por ante el Registro Civil de la Parroquia Cuara del Municipio Jiménez del estado Lara, según se desprende de acta de matrimonio N° 08, Folio 013 vto, de fecha 23 de enero de 1990, por los Ciudadanos YANET DEL CARMEN RAMOS y CARLOS ALBERTO MENDOZA venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad No V-13.868.103 y V-10.956.182 respectivamente, domiciliados los mismos en Quibor, Municipio Jiménez, estado Lara. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente Decisión, a los fines legales consiguientes. Expídase las copias que solicite la parte interesada.
Expídase copia certificada de la presente sentencia para que sea agregada al libro respectivo, conforme a lo contemplado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese y Regístrese. Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala del Despacho del TRIBUNAL.....