En el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Carlos Carrasco, actuando con el carácter de Síndico Procurador Municipal contra la sentencia dictada en fecha 17 de noviembre de 2003, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, mediante la cual declaró Parcialmente Con Lugar el recurso funcionarial interpuesto por las ciudadanas AHILIN YOSMARI GIL ALMEIDA Y MAIGUALIDA FIGUEROA, en su condición de madres legítimas de las niñas (nombres omitidos por disposición del artículo 65 de la LOPPNA), únicas y universales herederas del difunto Heraclio Raúl Marcano contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL ESTADO BOLÍVAR, esta Corte dicto sentencia mediante la cual declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer el recurso de apelación. 2. Desistido el recurso de apelación. 3. REVOCA de oficio el fallo apelado.