Con fundamento en lo expuesto anteriormente, este Juzgado Segundo de los Municipio Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la Republica de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Sin Lugar la demanda que por Cumplimiento de Contrato interpusiera JUAN NADAL MARTI, asistido de abogado, MARÍA AUGUSTA BAPTISTA DE FREITAS, todos identificados en el encabezamiento del presente fallo.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante, por haber sido totalmente vencida, conforme a lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil
PUBLIQUESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA PARA ARCHIVO.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Guacara a los Dos (02) días del mes de Agosto de Dos Mil Cinco (2005). Años 194° de la .....