Por cuanto de una minuciosa revisión de las actas procesales, el Tribunal pudo constatar,  que el Defensor Ad-litem designado en este proceso,  Dr.  RALLPH PISCHEK  WAGNER, aceptó el cargo recaído en su persona y prestó el juramento de Ley, en fecha 12 de Junio de 2006, según consta al folio 103, quedando  citado a partir de ese momento para dar contestación a la demanda al segundo  (2do) día de Despacho siguiente,  procediendo a enviar el telegrama  a su representado según consta del recibo que corre inserto al folio 106, en fecha 13 de  Junio de 2006 a las 02:01 de la tarde,  evidenciándose así mismo, según el acuse de recibo que corre inserto al folio 112,  que el telegrama fue entregado en fecha 15 de Junio de 2006, o sea, un día después de la contestación de la demanda, ante esta situación,  este Tribunal  proclive siempre a garantizar el derecho a la defensa consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,  de conformidad con lo establecido en el artículo 2.....