DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expresados, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en funciones de Control Nº 1, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en aplicación de lo establecido en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal SUSPENDE CONDICIONALMENTE EL PROCESO a la acusada YOHANLI EVANGELINA HERNANDEZ BRICEÑO, anteriormente identificada, previa admisión de los hechos que configuran el delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS (ARTICULO 34 DE LA LEY ORGANICA CONTRA EL TRAFICO ILICITO Y EL CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS). Se le imponen las condiciones contempladas en el artículo 44 numerales 1° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal, como quedó establecido con anterioridad, estas condiciones deben ser cumplidas por el lapso de un (01) año.
Se ordenó oficiar a la UTASP, a los fines de la designación de un delegado d.....