Esta Sala de Juicio No. XII, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, haciendo uso de sus amplias facultades conferidas en el artículo 267 del Código Civil, CONCEDE Autorización Judicial amplía y suficiente para que la ciudadana FARIAS BELKIS RAMONA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-6.292.007, represente a su hija, titular de la cédula de identidad No. V-20.096.952, en la sucesión VICTOR JOSE ROJAS, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-958.829, en los términos y condiciones expresados en la presente solicitud.