Este Juzgador ORDENA: Decretar medida de prohibición de enajenar y gravar sobre el siguiente inmueble: Una casa-quinta ubicada en la Urbanización EL PARRAL, Calle 127 (Av. Rio Chama), Número Cívico- 120-120, Parcela U-410, Parroquia San José del Municipio Valencia del Estado Carabobo, con una superficie de cuatrocientos noventa y cuatro metros cuadrados con cuarenta y tres decímetros cuadrados (494,43 m2) y está comprendida dentro de los siguientes linderos: NOROESTE: Parcela U-411; SUROESTE: Avenida Río Chama; NORESTE: Parcela Nro. U-383; y SURESTE: Parcela Nro. U-409, el cual es propiedad del demandado según consta de documento protocolizado en la Oficina Subalterna del Primer Circuito del Municipio Valencia, Estado Carabobo, en fecha 10 de febrero de 1999, bajo el N° 35, Protocolo Primero, Tomo 8. Ofíciese lo conducente al Registro Público del Primer Circuito del Municipio Valencia, Estado Carabobo, a los fines consiguientes.