declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo constitucional por la abogada ANNA MARÍA VENDITTELLI, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 40.307, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil "TRASLADO DE VALORES Y VIGILANCIA, TRASVALVICA, C.A", inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en fecha 21 de diciembre de 1976, bajo el Nº 19, Tomo 16 y posteriormente inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 13 de junio de 1990, bajo el Nº 7, Tomo 80-A Pro, contra la Providencia Administrativa Nº 78-04 del 06 de enero de 2004, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por el ciudadano Dionni Pérez Rangel, portador de la cédula de identidad Nro......