Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito, y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO.- CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 19 de mayo de 2011, por el accionante, abogado JUAN RAMON FLORES MARTINEZ, contra la sentencia interlocutoria dictada el 25 de mayo de 2011, por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, con sede en Puerto Cabello; que declaró terminado el proceso; por lo que se revoca la referida sentencia; en consecuencia, se ORDENA LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA AL ESTADO en que el Tribunal "a-quo" fije nueva oportunidad para la realización de la Audiencia Preliminar en la presente causa, en resguardo al derecho a la defensa y al debido proc.....