Este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO intentada por el ciudadano CARLOS ARTURO DURAN FALCÓN contra la ciudadana JACQUELINE CARRASCO VALERA, ambos plenamente identificados al inicio de este fallo, por haber quedado probada en autos las causales de divorcio contenidas en los Numerales 2° y 3º del Artículo 185 del Código Civil, y consecuencialmente queda DISUELTO el MATRIMONIO CIVIL efectuado el 17 de diciembre de 2009, ante el Registro Civil de la Parroquia La Candelaria del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, conforme los lineamientos explanados en el fallo.
SEGUNDO: SE DECLARA el CESE DE LA COMUNIDAD DE GANANCIALES, quedando extinguidos los derechos y deberes conyugales y en consecuencia procédase a la .....