Por todos los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por TRANSPORTE DE VALORES VISETECA C.A., empresa registrada por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 25 de agosto de 1997, registrada bajo el n° 33 tomo 421 A-Sgdo., contra el auto de incidencia de fecha 15 de junio de 2016, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo
TERCERO: Se CONFIRMA la decisión recurrida.