PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto mediante diligencia de fecha 08 de marzo de 2016 (folio 204), por la ciudadana VIANNEY CANACHE MORALES, debidamente asistido por la abogada ANDREINA PUENTES ANGULO, en su carácter de Defensora Pública Primera con competencia en Materia Civil y Administrativa Especial Inquilinaria y para la Defensa a la Vivienda de los Estados Mérida, Táchira y Trujillo, contra la sentencia definitiva proferida en fecha 25 de febrero de 2016, por el TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA.
SEGUNDO: Se declara LA NULIDAD de todas las actuaciones procesales efectuadas a partir del 09 de noviembre de 2015, fecha en la cual, conforme a los autos de fecha 10 de noviembre de 2015 (folios 90 y 91) y previo cómputo ordenado al efecto, finalizó el lapso de promoción de pruebas, así como todas las actuaciones posterio.....