Por todas las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte accionante, contra la decisión dictada en fecha 31 de marzo de 2017, por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta misma Circunscripción Judicial, en el asunto AP11-V-2016-000863, la cual queda confirmada.
SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de PARTICIÓN DE UNIÓN CONCUBINARIA, interpuesta por el ciudadano JUAN MODESTO RODRIGUEZ contra la ciudadana ANA HORTENCIA GUARDO GONZALEZ.
TERCERO: Se condena en costas a la parte apelante de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, re.....