DISPOSITIVA
En atención a todas y cada una de las argumentaciones señalas ut-supra; esta Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, actuando en Sede Constitucional, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Declara: INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el abogado FRANCISCO ELOY SALAS TEJEA, quien señala actuar como defensor del ciudadano Penado ALEXANDER RAFAEL LINAREZ GUEVARA, en la causa GK01-P-2017-000015; por cuanto el accionante no presentó el escrito de corrección de la acción de amparo constitucional ordenada por la Sala en fecha 31 de agosto de 2022, contra la Jueza Tercera de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, abogada Aynell Carolina Falcón Flores; con fundamento en el contenido articular 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garant.....