Por las razones expuestas, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación de la parte actora en contra de la decisión de fecha 01-11-2005, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio de este Circuito Judicial; SEGUNDO: CON LUGAR la apelación de la parte demandada en contra de la decisión, emanada del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio de este Circuito Judicial, contenida en acta de fecha 01-11-2005; TERCERO: SE REVOCA la decisión recurrida; CUARTO: SE REPONE la causa al estado que el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio de este Circuito Judicial, fije nueva fecha.....