Así las cosas, de las pruebas acompañadas, luego de realizar un examen preliminar y a fines únicamente cautelares, no puede considerar este juzgador, tal y como se señaló en sentencia dictada por este Tribunal en fecha 14 de agosto de 2007, que se dé en el presente caso la presunción grave del derecho que se reclama, puesto que no se desprende de tales pruebas la existencia del contrato de arrendamiento del buque descrito en el libelo de demanda, ya que al tratarse de una promesa verbal y personal debe ser demostrada en el transcurso del juicio en la etapa probatoria respectiva, y de las pruebas acompañadas, no se evidencia en esta etapa del proceso su existencia.
Adicionalmente, a juicio de este Tribunal, la demandante no justificó suficientemente la condición relativa al peligro de que quede ilusoria la efectividad de la sentencia esperada, ya que a estos fines no son suficientes los alegatos genéricos, puesto que el actor se limitó a alegar: "la existencia de una situación de .....