Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por DESALOJO Y COBRO DE BOLIVARES fue intentada por la ciudadana GLORIA GRANADILLO DE GONZÀLEZ, en contra de los ciudadanos DAVID JOSE OSORIO MONTIEL y ANA ROSA FERNANDEZ DE OSORIO, ambas partes plenamente identificadas en el encabezamiento de la presente sentencia.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ordena el desalojo del bien inmueble de autos constituido por un apartamento que forma parte del Edificio Don Luis, signado con el No. 2, Primer Piso, situado en la avenida 3 (antes Calle Los Andes) con Calle 88, esquina Nueva Reforma, en Jurisdicción de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, libre de perso.....