PRIMERO: CON LUGAR el recurso procesal de apelación ejercido por la abogada Carmen Nereyda Chirinos García, parte demandante en la presente causa, en contra de la sentencia interlocutoria dictada en fecha 10 de junio de 2009 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo; SEGUNDO: SE REVOCA en todas y cada una de sus partes la sentencia recurrida que ordenó la reposición de la causa al estado de que se dicte nuevo auto de admisión de la misma y declaró la nulidad del auto de admisión dictado y de todos los actos subsiguientes al mismo.
No hay condenatoria en costas en virtud de lo decidido.