PRIMERO:. Reunidos los requisitos, a los que alude el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, vigente para la fecha, cubiertos en su totalidad SE ADMITE LA ACUSACION presentada por la Representación Fiscal, en contra del ciudadano acusado OMAR VALENTIN HUERTA SILVA, cédula de identidad Nº 17.978.000, por la presunta comisión del delito calificado como TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS BAJO LA MODALIDAD OCULTACIÓN, previsto y sancionado en el encabezado y segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas.
SEGUNDO: De igual modo se admiten los medios de prueba, testimoniales y documentales, ofrecidos por la Fiscalía del Ministerio Público, por ser lícitos, necesarios y pertinentes, a los fines del juicio oral y publico.
TERCERO: Conforme a lo que establece el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, con vigencia anticipada, SE DECRETA EL AUTO DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, al ciudadano OMAR VALENTIN HUERTA .....