El Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la tacha documental planteada en fecha 17 de octubre de 2011, por las ciudadanas BETZAYDA VERA TORREALBA, y ERIKA GARCÍA KRASTEK, actuando en su carácter de sustitutas del ciudadano Procurador General de la República.-