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Decisiones del dia 02/11/2016 |
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N° Expediente :
KP02-L-2016-000592
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N° Sentencia :
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Fecha: 02/11/2016 |
Procedimiento: Cobro De Pasivos Laborales |
Partes: JESUS RAMON MOLINA AVELLANEDA, VS ASOCIACION COOPERATIVA LM SEGURIDAD TOTAL, R.L. Y LUIS ALBERTO MOLLEJAS (A TÍTULO PERSONAL) |
Resumen:
Así pues, conforme a los argumentos anteriores, en virtud de la admisión de los hechos, de conformidad con el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, una vez revisada la pretensión del demandante, se determinó que la misma es procedente en derecho en los términos señalados ut supra, conforme a la ley, desprendiéndose de los hechos alegados y reconocidos, que la demandada le adeuda a la demandante, por concepto de prestaciones sociales, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, en los términos que se especifican
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Juez/Ponente:
María Fernanda Chaviel López
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Organo:
Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente :
KP02-L-2011-000574
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N° Sentencia :
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Fecha: 02/11/2016 |
Procedimiento: Cobro De Pasivos Laborales |
Partes: YARISELA GOMEZ VS CONSTRUCTORA GRAN ARFER C.A. |
Resumen:
Así, verificada la perención de pleno derecho (ope legis), tal pronunciamiento es de carácter declarativo, de modo que la declaratoria de perención no ataca la pretensión que originó el proceso extinguido.
Finalmente, el verdadero espíritu y razón de la institución procesal de la perención, es sancionar la inactividad de las partes con la extinción de la instancia; pero para ello es preciso que el impulso del proceso dependa de ellas, como sucede en el presente caso; supuesto que se configura por lo explicado Supra, pues no se puede castigar a los litigantes con la perención de la instancia si la inacción le es imputable al juez. No obstante, el demandante podrá proponer la demanda de nuevo pasado un lapso de 90 días, de acuerdo a lo establecido en el artículo 204 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo ante los Juzgados de Mediación Sustanciación y Ejecución del Trabajo.
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Juez/Ponente:
María Fernanda Chaviel López
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Organo:
Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente :
KP02-L-2014-000444
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N° Sentencia :
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Fecha: 02/11/2016 |
Procedimiento: Cobro De Pasivos Laborales |
Partes: FRANCISCO GONZALES VS OFICINA TECNICA SANTA ELENA, C.A. Y GRUPO GAICA 777, C.A. |
Resumen:
Así, verificada la perención de pleno derecho (ope legis), tal pronunciamiento es de carácter declarativo, de modo que la declaratoria de perención no ataca la pretensión que originó el proceso extinguido.
Finalmente, el verdadero espíritu y razón de la institución procesal de la perención, es sancionar la inactividad de las partes con la extinción de la instancia; pero para ello es preciso que el impulso del proceso dependa de ellas, como sucede en el presente caso; supuesto que se configura por lo explicado Supra, pues no se puede castigar a los litigantes con la perención de la instancia si la inacción le es imputable al juez. No obstante, el demandante podrá proponer la demanda de nuevo pasado un lapso de 90 días, de acuerdo a lo establecido en el artículo 204 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo ante los Juzgados de Mediación Sustanciación y Ejecución del Trabajo.
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Juez/Ponente:
María Fernanda Chaviel López
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Organo:
Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente :
KP12-V-2016-000099
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N° Sentencia :
38
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Fecha: 02/11/2016 |
Procedimiento: Homologación Obligación De Manutención |
Partes: MARÍA MARGARITA SÁNCHEZ RAMOS Y FRANKLIN DAVID ESCALONA OCANTO |
Resumen:
DECISION
Con fundamento a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara: HOMOLOGA el convenio de Obligación de Manutención suscrito entre los ciudadanos María Margarita Sánchez Ramos y Franklin David Escalona Ocanto, por no ser contrario al interés superior de la niña. En consecuencia, conforme a dicho acuerdo, el ciudadano Franklin David Escalona Ocanto, aportará a favor de su hija como monto de la obligación de manutención la cantidad de veinte mil bolívares (20.000,oo Bs.), a razón de diez mil bolívares (10.000,oo Bs.), quincenales, cantidad que deberá depositar en una cuenta bancaria que posee la hija mayor de la demandante, quien deberá suministrar dicho número de cuenta a los fines de que el demandado realice los depósitos y posteriormente, la demandante deberá aperturar una cuenta bancaria a su nombre para que el demandado rea.....
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Juez/Ponente:
Raquel Castillo de Zubillaga
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Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
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N° Expediente :
KP12-V-2016-000239
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N° Sentencia :
492-2016
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Fecha: 02/11/2016 |
Procedimiento: Regimen De Convivencia Familiar |
Partes: CLEMENTE ANTONIO RODRÍGUEZ SAMANIEGO CONTRA ROSMARY ROSA CORONEL CARUCI |
Resumen:
Este Juzgado observa:
La norma del artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, establece lo siguiente:
"El régimen de convivencia familiar debe ser convenido de mutuo acuerdo entre el padre y la madre, oyendo al hijo o hija. De no lograrse dicho acuerdo, cualquiera de ellos o el hijo o hija adolescente, podrá solicitar al juez o jueza que fije el Régimen de Convivencia Familiar, quien decidirá atendiendo al interés superior de los hijos e hijas..."
Al folio veinte (20) autos, consta el acuerdo establecido por los ciudadanos Clemente Antonio Rodríguez Samaniego y Rosmary Rosa Coronel Caruci, ya identificados, en la audiencia de mediación, el cual debe ser debidamente homologado, puesto que de conformidad con la norma del artículo 387 y 388 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el régimen puede ser convenido por las partes, como es el caso en cue.....
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Juez/Ponente:
Luisa Cristina González Campos
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Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
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N° Expediente :
KP12-V-2016-000223
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N° Sentencia :
491-2016
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Fecha: 02/11/2016 |
Procedimiento: Ofrecimiento De Obligación De Manutención |
Partes: JUAN MIGUEL MANZANILLA FLORES CONTRA MARÍA ANTONIETA GONZÁLEZ ORIA |
Resumen:
DECISIÒN
Con fundamento a lo precedentemente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Con lugar la Obligación de Manutención, acorde al compromiso suscrito por los ciudadanos Juan Miguel Manzanilla Flores y María Antonieta González Oria, ya identificados, todo de conformidad con lo previsto en la norma del artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, el ciudadano Juan Miguel Manzanilla Flores, ya identificado, aportara como monto de obligación de manutención para su hijo la cantidad mensual veinte mil bolívares (20.000,oo. Bs.), mas el cincuenta por ciento (50%) de los demás gastos de vestido, educación, transporte, medicinas, médicos, recreación entre otro.....
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Juez/Ponente:
Luisa Cristina González Campos
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Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
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N° Expediente :
KP02-O-2016-000156
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N° Sentencia :
417
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Fecha: 02/11/2016 |
Procedimiento: Amparo Constitucional |
Partes: DESIDERIO SEGUNDO CAÑAS CASTILLO CONTRA LA ZONA EDUCATIVA DEL ESTADO LARA |
Resumen:
IV
DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior en lo civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, actuando en sede constitucional, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer la presente acción de Amparo Constitucional interpuesto por el ciudadano DESIDERIO SEGUNDO CAÑAS CASTILLO, titular de la cédula de identidad Nº 10.485.295, asistido por el abogado Francisco Mendoza, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 161.444, contra la ZONA EDUCATIVA DEL ESTADO LARA, por la presunta vulneración de lo establecido en los artículos 21, 49 y 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional, de conformidad con el artículo 6 numeral 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la na.....
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Juez/Ponente:
María Alejandra Romero
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Organo:
Juzgado Superior Civil Contencioso Administrativo
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N° Expediente :
KP02-O-2016-000159
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N° Sentencia :
414
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Fecha: 02/11/2016 |
Procedimiento: Amparo Constitucional |
Partes: LUIS ALBERTO PEROZO GALLARDO CONTRA LA ZONA EDUCATIVA DEL ESTADO LARA |
Resumen:
IV
DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior en lo civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, actuando en sede constitucional, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer la presente acción de Amparo Constitucional interpuesto por el ciudadano LUIS ALBERTO PEROZO GALLARDO, titular de la cédula de identidad Nº 7.406.077, asistido por el abogado Francisco Mendoza, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 161.444, contra la ZONA EDUCATIVA DEL ESTADO LARA, por la presunta vulneración de lo establecido en los artículos 21, 49 y 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional, de conformidad con el artículo 6 numeral 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la n.....
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Juez/Ponente:
María Alejandra Romero
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Organo:
Juzgado Superior Civil Contencioso Administrativo
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