DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con los Artículos 12, 242, y 243 del Código de Procedimiento Civil y 26 de la Constitución de la República, por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: SE RATIFICA la sentencia proferida por el Tribunal Vigésimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 20 de abril de 2021 en los mismos términos dispuestos en el fallo.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la interdicción provisional de la ciudadana MARIA ARACELI CORTE DE FERNANDEZ, plenamente identificada en autos, y como tutora definitiva a la ciudadana NOEMI FERNANDEZ CORTE.
EL PRESENTE FALLO SE DICTA DENTRO DE LA OPORTUNIDAD LEGAL CORRESPONDIENT.....