Vista la solicitud de las partes, este Tribunal la Declara Con Lugar, y en consecuencia, ORDENA DECLINAR LA COMPETENCIA EN EL TRIBUNAL DÉCIMO DE CONTROL de este mismo Circuito Judicial Penal, con fundamento en el artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal. Désele salida en los Libros respectivos. Se deja constancia que se cumplieron con las formalidades de ley. Se ordena notificar mediante Boleta a la víctima Misael Augusto González, a fin de notificarlo de lo aquí ordenado y con oficio remitirla al Departamento de Alguacilazgo.