III
Por las razones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio presentada por el ciudadano MICHELE D´ AURIA MORINELLI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.163.961, y de este domicilio, por lo que se ordena tanto a la Oficina Subalterna del Registrador Civil de la Parroquia Fraternidad, Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, como a la ciudadana Registradora Principal del Estado Carabobo, estampar la nota marginal en el Libro de Registro Civil de Matrimonios, en el acta inserta bajo el N° 10, folio 9 vto., tomo I, año 1966, de fecha 26 de febrero de 1966, asentando que el nombre correcto del contrayente los es MICHELE D´AURIA MORINELLI. Asimismo, donde dice SAL.....