Dada la incomparecencia de la parte recurrente, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN EJERCIDO POR LA PARTE DEMANDANTE.