Se dictó Sentencia Interlocutoria S/N, mediante la cual se declaró la Ejecución Voluntaria de la Sentencia Definitiva Nº 1894, de fecha 30 de Noviembre de 2011, en consecuencia este Tribunal, conforme a lo establecido en el artículo 280 del Código Orgánico Tributario, concedió un lapso de diez (10) días de despacho siguientes a la consignación en autos de la notificación que se libre a la Recurrente, para que de cumplimiento a lo dispuesto en la precitada decisión.