DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto y oídas como han sido las partes, este Tribunal de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: Impone a los adolescentes (se omiten), de la sanción de Privación de Libertad prevista en el artículo 628 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por los delitos de Robo Agravado de vehículo, previsto en los artículos 5 y 6 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos, Robo Agravado, previsto en el artículo 458 del Código Penal, y Posesión Ilícita de arma de fuego, previsto en el artículo 111 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, por el lapso de dos (02) años y seis (06) meses, sentencia por admisión de los hechos, dictada por el Tribunal Primero de Control, en fecha 08-10-2014, de los cuales tienen cu.....