V
DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Séptimo Contencioso
Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, actuando en Sede
Constitucional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y
por autoridad de la Ley, se declara:
ÚNICO: INCOMPETENTE en razón de la materia para conocer y decidir en primer
grado de jurisdicción el Amparo Constitucional interpuesto por los ciudadanos MACARIO
OROPEZA AVILAN y YOLANDA JOSEFINA GUZMÁN PINTO, titulares de las
cédulas de identidad números V- 626.087 y V- 6.463.222, respectivamente, actuando en su
carácter de accionistas de la sociedad mercantil "LA CASITA DE MAIKEL C.A.", inscrita
en el Registro Fiscal bajo el número J-294750389, debidamente registrada ante el Registro
Mercantil Tercero del Estado Miranda bajo el N° 12 del Tomo A-20 del año 2007, asistidos
por el abogado MAIKER JOSÉ OROPEZA GUZMÁN, inscrito en el Instituto de Previsión
Social del Abogado baj.....