En merito de las anteriores consideraciones este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la demanda la nulidad de los actos administrativos Resolución N° OI-0197-01 y OI-0209-02 emanados de la Alcaldía del Municipio Naguanagua del Estado Carabobo interpuesto por los Abogados Jesús González y Raúl Sarquís, con el carácter de Apoderados Judiciales de la Sociedad de Comercio ROCA INVERSIONES ROINCA. C.A., en consecuencia, la declaratoria sin lugar del derecho de preferencia comienza a tener vigencia a partir de la fecha de esta decisión.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los tres (03) días del mes de febrero del año dos mil cinco (2005). Años 194° de la.....