DECISION
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la recusación interpuesta por el ciudadano ALFONSO JOSE GONZALEZ RANGEL, asistido por el abogado en ejercicio ALEXIS VARGAS RANGEL, en contra del ciudadano JOSE DOMINGO MARTINEZ, en su carácter de Juez Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la causa signada bajo el N° 1C-250-03, seguida en contra del imputado EDGARDO EMIRO ALARCON, por la presunta comisión del delito de Tráfico ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio del Estado Venezolano, de conformidad con lo previsto en el artículo 86 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 94 y 96 del Código Orgánico Procesal Penal.